El ser humano ha perseguido a través de los tiempos el bienestar que le asegure a sí mismo y a su familia unas condiciones de vida dignas. Dicho anhelo ha sido reconocido a nivel internacional como un derecho humano fundamental, gracias a la Declaración Universal de los Derechos Humanos proclamada por las Naciones Unidas en el año 1948.
Como expresa la Declaración todas las personas formamos parte de la llamada familia humana, y como tales personas contamos con una dignidad intrínseca que conlleva el reconocimiento de derechos iguales e inalienables.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos, que se estructura en 30 artículos y un preámbulo, recoge diversos derechos que son considerados fundamentales para el ser humano. Son derechos de carácter personal y comunitario; derechos de pensamiento, conciencia, religión y libertades políticas, y derechos económicos, sociales y culturales.
Entre los derechos económicos se proclama el derecho a que todo ser humano pueda disponer de un nivel de vida adecuado. Para ello, como queda expresado en el artículo 25 de la Declaración, es necesario reconocer y hacer efectivo el derecho que tienen todas las personas del planeta a contar con todos aquellos recursos básicos que procuran el bienestar humano: alimentación, vestido, vivienda, asistencia médica, servicios y prestaciones sociales…
Articulo 25 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos:
1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.
Para más información:
Resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948, de la Asamblea General de las Naciones Unidades por la que se adopta y proclama la Declaración Universal de los Derechos Humanos.